Buenas tardes. Antes de nada decir que en España la moratoria en el paqo de las hipotecas no es universal. No podemos pedirla todos, ni es de aplicación automática.
Dicho lo anterior es necesario, antes de nada, saber si tú te puedes beneficiar de esta medida extraordinaria. Para ello, cogemos una calculadora -vale también usar la del móvil- y nos vamos a la carpeta -virtual o física- donde tenemos guardados los recibos, nóminas, facturas, etc. y sacamos:
- Recibo de la hipoteca
- Recibos de la luz
- Recibo del agua/basura/alcantarillado
- Recibo del gas
- … y las nóminas de tu pareja y tuya
Sumamos los importes de los recibos, y por otro lado, los netos de las nóminas del mes, y calculamos el 35 % de la suma de tus nóminas: si la cantidad resultante es igual o inferior a la suma de todos los recibos de hipoteca y gastos de suministros y servicios públicos, estás de enhorabuena: puedes acogerte a esta medida.
O si te has quedado en paro; o si eres autónomo o profesional y tu actividad está incluida entre las que cesan su actividad en virtud de lo dispuesto en el Art. 10 del Real Decreto 463/2020 (comercios, restauración…) mientras dure el cierre patronal,; o aun si tu actividad es de las que permanecen abiertas, acreditas que tus ingresos han disminuido -al menos- un 40 %.
Si todo lo anterior lo cumples, puedes solicitar la moratoria hipotecaria.
En un próximo post explicaré el procedimiento, y la documentación que tenemos que aportar, y donde presentarla.
Sólo un apunte: la entidad bancaria tiene que «aceptarla», es decir que si no acepta la solicitud, o considera que no reunimos los requisitos…