Buenos días: como sabéis en el día de ayer se publicaron varias normas nuevas, entre ellas destaca una modificación del RD 463/2020, de 14 de marzo, que declaró el estado de Alarma.
En este caso, se aclara y precisa hasta donde alcanza la prohibición de circular en vehículos a motor, y sobre todo establece la limitación de personas que pueden a compañarte en el vehículo
Las sanciones pueden alcanzar entre 300 a 1.000 euros si vas acompañado.
Esta modificación aclara que sólo se podrá circular por vías o espacios de uso público, y únicamente para las siguientes actividades:
- Adquirir alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad.
- Acudir a centros, servicios y/o establecimientos sanitarios.
- Desplazarse al lugar de trabajo para efectuar su prestación, laboral, profesional o empresarial.
- Volver a tu residencia habitual
- Asistir a cuidar a mayores, menores, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.
- Acudir a entidades financieras y de seguro
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad (debidamente justificada)
- Cualquier actividad análoga, y siempre realizándolo individualmente.
Un comentario en “Ir en coche acompañado te puede salir caro”